Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Sentencia Constitucional Plurinacional 0393/2018-S1 de 13 de agosto
Fecha: 13-Ago-2018
CONFIRMAR en parte
La suscrita Magistrada, reitera que en base a este fundamento, la SCP 0393/2018-S1 debió CONFIRMAR en parte la Resolución 006/2018 de 19 de junio, cursante de fs. 152 a 158, pronunciada por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; en consecuencia, CONCEDER en parte la tutela solicitada, en relación al debido proceso en su elemento de congruencia interna disponiendo:
- CONFIRMAR
- a)
- la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto; ahora bien, esa definición general, no es limitativa de la coherencia que debe tener toda resolución, ya sea judicial o administrativa, y que implica también la concordancia entre la parte considerativa y dispositiva: sino que además, debe mantenerse en todo su contenido, efectuando un razonamiento integral y armonizado entre los distintos considerandos y razonamientos contenidos en la resolución
- El principio de congruencia, responde a la pretensión jurídica o la expresión de agravios formulada por las partes;
- congruencia
- II.2. Lo resuelto por la
- opuestas
- 1)
- CONFIRMAR en parte