SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0416/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0416/2018-S1

Fecha: 17-Ago-2018

a)

Solicita se conceda la tutela y se disponga: a) Su inmediata reincorporación a su fuente laboral hasta el cumplimiento del contrato; b) La cancelación de sus sueldos devengados desde el 22 de noviembre a “la fecha”; c) La inscripción a la Caja de Seguro Social; y, d) La cancelación de su derecho al subsidio pre y post natal.

Damián Carlo Villca, por intermedio de su abogado refirió lo siguiente: a) La notificación con la Conminatoria 004/2017, de Reincorporación por Estabilidad Laboral, no se efectuó de manera adecuada; b) El estado de gravidez de la accionante debió haberse hecho conocer a momento de la suscripción del contrato a porcentaje, y en ese momento solicitar el seguro social y el beneficio de lactancia; sin embargo, nunca reclamó al respecto y suscribió el mencionado contrato de manera voluntaria y sin que medie presión alguna, por lo tanto, no puede reclamar inamovilidad laboral, toda vez que, su derecho se encuentra precluido, al no haber reclamado en la vía laboral; d) Quien incumplió y causó perjuicio fue la hoy accionante por su conducta negligente con el trabajo y los constantes abandonos, ocasionándoles pérdidas económicas, no siendo la única vez el 22 de noviembre de 2017, que se ausentó del trabajo, sino que en reiteradas ocasiones se repetía dicho extremo, por lo cual, fue sujeta a varias llamadas de atención; y, e) Se le están vulnerando sus derechos al no haber sido notificado en forma personal; razones por las que solicita se declare improcedente la acción de amparo constitucional.