SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0445/2018-S2
Fecha: 27-Ago-2018
a)
Blanca Tatiana Zambrana Condori, secretaria del indicado juzgado, presente en audiencia informó que: a) Por Resolución 117/2018, el Juez de Instrucción Penal Primero de la Capital del departamento de La Paz, le impuso a Henry Daniel Granadero Callisaya, medida sustitutiva a la detención preventiva, entre ellas la detención domiciliaria, ordenando que previamente dicho imputado acredite un domicilio distinto al conyugal, el 10 de abril de 2018 el nombrado accionante hizo conocer su nuevo domicilio, aspecto por el cual el 11 del igual mes y año, la autoridad jurisdiccional mediante providencia dispuso la verificación del mismo, hecho que se produjo a horas 16:30, luego del cual, se libró el correspondiente mandamiento de detención domiciliaria, actuaciones que fueron realizados cumpliendo todos los plazos legales; b) La abogada del imputado actuó con deslealtad procesal, por cuanto a sabiendas que previamente se debió realizar el mandamiento de detención domiciliaria contra su defendido, conjuntamente con sus familiares de éste procedieron a sacarlo de celdas judiciales; y, c) Ejecutó el mandamiento de detención domiciliaria a favor del accionante a horas 18:35 del 11 de abril de 2018; razón por la cual, al no existir ningún agravio por pronto despacho, impetra se deniegue la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II
- 3) Traslativo o de pronto despacho, a través del cual se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona privada de libertad.
- busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos
- todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas (SC 0224/2004-R de 16 de febrero) y efectivizadas (SC 0862/2005-R de 27 de julio) con la mayor celeridad (SCP 0528/2013 de 3 de mayo)
- III.2. De la legitimación pasiva en la acción de libertad respecto al personal de apoyo judicial
- III.3.
- CONFIRMAR