Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0445/2018-S2
Fecha: 27-Ago-2018
II.5.
II.5. Cursa mandamiento de detención domiciliaria, librado por el Juez de Instrucción Penal Primero de la Capital del departamento de La Paz, a favor de Henry Daniel Granadero Callisaya. Asimismo, consta que a hora 21:20 del 11 de abril de 2018, Blanca Tatiana Zambrana Condori, secretaria del mencionado Juzgado, ejecutó el indicado mandamiento a favor del nombrado imputado y lo condujo a su domicilio ubicado en el pasaje 3, Nº 12129 Zona Alto Delicias de la ciudad de Nuestra Señora de La Paz, advirtiéndole que en caso de incumplimiento, la misma podría revocarse por otra medida más gravosa (fs. 27 y vta.).
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II
- 3) Traslativo o de pronto despacho, a través del cual se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona privada de libertad.
- busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos
- todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas (SC 0224/2004-R de 16 de febrero) y efectivizadas (SC 0862/2005-R de 27 de julio) con la mayor celeridad (SCP 0528/2013 de 3 de mayo)
- III.2. De la legitimación pasiva en la acción de libertad respecto al personal de apoyo judicial
- III.3.
- CONFIRMAR