SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0462/2018-S4
Fecha: 27-Ago-2018
II.1.
II.1. Cursa un primer Auto de Vista de 16 de enero de 2018, por el que, las Autoridades demandadas disponen declarar procedente la apelación incidental, formulada por el querellante Ignacio Carlos Saravia, en consecuencia además de cumplirse las medidas impuestas por el Tribunal a quo en la Resolución de 30 de noviembre de 2017, la imputada Andrea Espinoza Claure debía cumplir la medida sustitutiva establecida en el núm. 1 del art. 234 del CPP, es decir la detención domiciliaria (con custodio policial), manteniéndose subsistente la obligación de presentarse a firmar el libro ante el representante del Ministerio Público cada 7 días, así también se ratificó el arraigo y la prohibición de acercarse a las víctimas o querellantes además de la fianza económica (fs. 2 a3 vta.).
- acción de libertad
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- denegó
- II.1.
- Fragmento 7
- III.1. La improcedencia de activar otra acción de libertad cuando existe sentencia constitucional en una primera acción tutelar, del cual emerge la que se interpone
- Fragmento 9
- la eficacia del cumplimiento o ejecución de las resoluciones constitucionales
- III.2. Análisis del caso concreto
- impugnar o cuestionar total o parcialmente decisiones o resoluciones de autoridades o personas particulares emergentes del cumplimiento de las resoluciones constitucionales
- CONFIRMAR