SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0479/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0479/2018-S2

Fecha: 27-Ago-2018

II.4.

II.4.   Por Auto de Vista 71/2018 de 23 de mayo, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró improcedente el recurso de apelación interpuesto por el solicitante de tutela y confirmó el Auto Interlocutorio 409/2018, con el fundamento de que es preciso contar con elementos necesarios que den cuenta de lo sucedido en el juzgado de origen, es decir se requiere un acta donde se encuentren plasmados los elementos esenciales de las actuaciones de los intervinientes en la audiencia; empero, en el caso de autos se tiene un acta que no dice mucho, de ahí la imposibilidad de ingresar al fondo de los reclamos vertidos, por cuanto, no se puede asumir una determinación sobre supuestos o sobre circunstancias que se afirmaron en audiencia de apelación incidental; pues, bajo el principio de lealtad procesal, lo contrario importaría emitir una resolución que podría ser vulneratoria a derechos y garantías de los asistentes a la audiencia de consideración de medidas cautelares (fs. 134 a 141).