SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0483/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0483/2018-S2

Fecha: 27-Ago-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y acusación particular de Vilma Ortiz Montero, en su contra, por la presunta comisión del delito de violación; solicitó la cesación de su detención preventiva, que le fue negada mediante Resolución de 21 de marzo de 2018, por el Tribunal de Sentencia Penal Primero de la Capital del departamento de Santa Cruz; decisión que al ser contraria a sus intereses fue objeto de recurso de apelación incidental por su parte; sin embargo, habiendo transcurrido más de una semana desde la interposición de la alzada referida, la misma no habría sido remitida, en vulneración de su derecho a la libertad y del principio de celeridad.

Resalta, en ese sentido que, el art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), establece que, formulado el recurso de apelación, las actuaciones pertinentes serán remitidas ante el Tribunal Departamental de Justicia respectivo, en el término de veinticuatro horas, debiendo el Tribunal de alzada resolverla sin más trámite y en audiencia, en el plazo de tres días siguientes de recibidas las actuaciones, sin recurso ulterior. Extremos que no habrían sido cumplidos por los Jueces Técnicos codemandados, tornando que su privación de libertad sea indebida, en virtud a la falta de remisión del expediente ante el Tribunal de apelación; en franco desconocimiento de la SC 1010/2010-R de 23 de agosto y de la SCP 0024/2018-S3 de 8 de marzo, que reconocen la acción de libertad traslativa o de pronto despacho, aplicable en su caso, reitera, por las dilaciones advertidas, en lesión de sus derechos fundamentales.