SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0483/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0483/2018-S2

Fecha: 27-Ago-2018

si existe demora en el trámite de apelación de las resoluciones que rechazan la solicitud de cesación de la detención preventiva, la misma puede ser denunciada y conocida a través de la acción de libertad o de pronto despacho

Considerando lo establecido en la norma antes glosada, la jurisprudencia constitucional -como se ha visto en el anterior Fundamento Jurídico- concluyó que si existe demora en el trámite de apelación de las resoluciones que rechazan la solicitud de cesación de la detención preventiva, la misma puede ser denunciada y conocida a través de la acción de libertad o de pronto despacho (las negrillas nos corresponden).

En ese contexto, de una revisión de la jurisprudencia constitucional vinculada a la tramitación del recurso de apelación incidental instituido             en el art. 251 del CPP, y con el fin de otorgar seguridad jurídica                      a los justiciables; el fallo constitucional plurinacional precitado                           (SCP 2149/2013), sistematizó las subreglas definidas por este Tribunal al respecto, ciñendo las mismas a las siguientes: