SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0536/2018 -S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0536/2018 -S3

Fecha: 09-Ago-2018

I.2.1. Ratificación de la acción

El accionante a través de su abogada, ratificó el contenido íntegro de su demanda tutelar, señalando que: No se cumplió con el debido proceso, pues al momento de la comisión del hecho era menor de dieciocho años y cuando se emitió la Sentencia se encontraba en vigencia el CNNA; sin embargo, no se consideró la responsabilidad penal atenuada de las cuatro quintas partes condenándolo al máximo legal de la pena de veinticinco años, más lo contrario debió imponérsele una sanción de cinco años, siendo que a la fecha está privado de libertad por el lapso de seis años y nueve meses, cumpliendo por demás su condena impuesta; incurriendo de esa forma la autoridad demandada en omisión o posiblemente prevaricato al incumplir la decisión asumida en el Auto Supremo 671/2017, en razón a que aún no se pronunció el nuevo Auto de Vista; puesto que se planteó una primera acción de libertad en el mes de marzo y la segunda en el mes de abril, a la fecha no se ha procedido a su notificación, que fue rechazada en el entendido de que la autoridad demandada informó que habiéndose realizado el sorteo de la causa el 2 de febrero de 2018, se encontraba dentro de plazo para emitir el fallo; y en la presente acción de defensa no existe el pronunciamiento del Auto de Vista aludido; por lo que, solicitó se conmine a la autoridad demandada dictar resolución.