SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0536/2018 -S3
Fecha: 09-Ago-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante, alega como lesionado su derecho a la libertad de su representado, por retardación de justicia e inobservancia de plazos procesales establecidos, en el entendido de que habiéndose formulado por segunda vez recurso de casación, se dispuso mediante Auto Supremo 671/2017-RRC de 04 de septiembre, la emisión de nuevo Auto de Vista conforme a la doctrina instituida, previo sorteo y sin espera de turno; aspectos inobservados por la autoridad jurisdiccional demandada, ya que a la fecha no existe pronunciamiento dentro de los plazos procesales oportunos generando dilación indebida en la emisión del referido Auto de Vista y por tanto la ilegal privación de su libertad, quién se encuentra sobrepasando el término de su condena.
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demanda
- concedió
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR