SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0875/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0875/2018-S3

Fecha: 10-Ago-2018

III.3.

Inicialmente y para la resolución del caso concreto, cabe precisar que dentro del proceso de nulidad de título ejecutorial seguido por Sergio Campero Salvatierra -ahora accionante- y Jesmi Lagrava Mendia contra Ciriaco Romero Chacón y Edwin Mejía Chávez representantes del Sindicato Agrario “Santa Rosa” (Conclusión II.1), la Sentencia Agroambiental Nacional S1ª 113/2017 de 23 de noviembre no valoró la contestación del INRA a la demanda, donde señaló que “…no ignoraron la preexistencia del título ejecutorial extendido originariamente a la comunidad de CAVILOMA, simplemente no se identificó por parte del INRA” (sic [Conclusión II.2]), tampoco le dio valor al Título Ejecutorial 322425 emitido por el exconcejo Nacional de Reforma Agraria ni a la Certificación CERT-DDCBBA-AL 178/2015 de 30 de septiembre, así como el manejo de diferentes nombres del predio en el proceso de saneamiento generándole confusión, creyendo que se trataba de otro predio, dejándole en indefensión.

Bajo ese contexto, la jurisprudencia constitucional emitida por este Tribunal desarrollada en el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, sostiene que el debido proceso contiene como uno de sus componentes el derecho a la fundamentación de las resoluciones, debiendo entenderse este como la obligación y exigencia de motivar y fundamentar los fallos por parte de las autoridades judiciales, expresando los motivos de hecho y derecho, base de sus decisiones y el valor otorgado a los medios de prueba, en la que las razones sean expuestas de forma concisa y clara, satisfaciendo todos los puntos demandados, no siendo exigible una exposición amplia de consideraciones y citas legales, ni tampoco ser una mera relación de los documentos o mención de los requerimientos de las partes, sino contener una estructura de forma y fondo que permitan comprender los motivos de la determinación asumida.