Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0454/2018-S2
Fecha: 29-Ago-2018
devenga de dilaciones indebidas
En este mismo marco, la SC 0465/2010-R de 5 de julio[1] refiere que la acción de libertad se constituye en el mecanismo procesal idóneo para operar en caso de existir vulneración a la celeridad cuando devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad. Siguiendo esa línea, la SCP 0203/2013 de 27 de febrero[2] resolvió un problema jurídico vinculado a la falta de resolución de las excepciones interpuestas, que no merecieron respuesta por más de un año y concluyó que ese actuar se constituye en una indiscutible vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso y a la celeridad.
- I.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- II.1.
- devenga de dilaciones indebidas
- ama qhilla
- principio del ama quilla -no seas flojo-
- II.2. El recurso de apelación incidental formulado contra resoluciones que resuelven incidentes
- II.
- III.
- II.3. Análisis del caso concreto
- la Sala Segunda del Tribunal Constitucional Plurinacional debió
- hábeas corpus traslativo o de pronto despacho