SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0472/2018-S3
Fecha: 18-Sep-2018
denegó
El Tribunal de Sentencia Penal Primero -Juzgado de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal- de Copacabana del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 046/2018 de 14 de junio, cursante de fs. 34 a 38, denegó la tutela solicitada, expresando los siguientes fundamentos: a) El proceso penal tiene por objeto arribar a la verdad material y el procedimiento es de carácter finalista, el caso recién comenzó con la etapa preliminar de investigación donde no existe imputación, menos acusación formal, si existieron demoras procesales o un indebido procesamiento éste debió ser reclamado ante la autoridad penal competente para hacer prevalecer sus derechos y garantías constitucionales presumiblemente lesionados; b) Es evidente que la naturaleza jurídica de la acción de libertad según los arts. 125 y 126 de la Constitución Política del Estado (CPE), procede sólo cuando hay peligro de la vida de una persona, estar detenido ilegalmente, indebidamente procesado o perseguido, las razones que empleó el peticionante de tutela de no estar vinculado, incriminado, ni mencionado en las investigaciones, no constituye razón suficiente para acudir directamente a la jurisdicción constitucional, lo cual debió ser reclamado ante el mismo Fiscal de Materia asignado al caso, conforme a los arts. 70 y 277 del CPP y la Ley Orgánica el Ministerio Público y aún puede hacerlo ya que no existe imputación; y, c) El impetrante de tutela no fundó su acción con argumentos inherentes a una persecución y procesamiento indebido vinculado con su libertad u otro derecho de primera generación tal como prevé el “art. 70 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP)” (sic), ni demostró con prueba idónea la transgresión de sus derechos y garantías, más al contrario la SCP 1896/2014 de 25 de septiembre, establece la subsidiariedad excepcional que consiste en que previamente debe reclamarse ante el juez contralor de derechos y garantías.