SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0504/2018-S3
Fecha: 19-Sep-2018
1)
Ante las preguntas formuladas por la Jueza de garantías a la accionante, referentes a: 1) Si a la fecha existía aún la persecución indebida denunciada. La prenombrada respondió que continúa dicha persecución debido a que constantemente circula por su domicilio un vehículo con similares características utilizado a tiempo de la privación de libertad, al cual no pudo tomarle fotos; y, 2) Si cuando fue arrestada la registraron en algún libro de la FELCC. Se respondió que no; sin embargo, el lugar contaba con cámaras de seguridad, y en el cuarto donde la tenían, el demandado le manifestó que estaba aprehendida y no tenía derecho a nada, menos a comunicarse con su abogado, posteriormente la llevaron a otra habitación donde un sujeto vestido de civil -que nunca se identificó-, le dijo que si quería que la suelten, debe declarar culpable a su marido del robo en Porvenir, de no hacerlo, la mandarían al Centro Penitenciario San Pedro de La Paz, tomándole una foto en una pizarra con su nombre.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de la autoridad y funcionarios policiales demandados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La persecución ilegal o indebida en la jurisprudencia constitucional
- la búsqueda u hostigamiento a una persona con el fin de privarle de su libertad sin motivo legal o por orden de una autoridad no competente
- bajo el primer cauce configurativo de este presupuesto de activación de la acción de libertad, se establece que la persecución ilegal o indebida, debe ser entendida como toda acción ilegal cometida por un funcionario público o un particular, conducta que implica una manifiesta y evidente persecución, acoso, búsqueda u hostigamiento, sin que exista una justa causa fundada en derecho, destinada a suprimir, restringir, perturbar o limitar el derecho a la libertad física, la vida o algún otro derecho estrictamente vinculado a éstos dos últimos
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR