SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0522/2018-S3
Fecha: 26-Sep-2018
concedió
La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 10 de 13 de julio de 2018, cursante de fs. 25 a 27, concedió la tutela solicitada, dejando sin efecto el Auto de Vista 91, ordenando a la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de dicho departamento, señale otra audiencia y emita una nueva resolución; en base a los siguientes fundamentos: 1) Los Vocales demandados debieron fundamentar, verificar, cuales fueron los antecedentes del hecho y valorar si los mismos constituyen un peligro efectivo para la sociedad; trabajo jurídico que de ningún modo fue efectuado; 2) Existió ausencia de fundamentación y motivación, ya que no manifestaron cómo se habrían suscitado los hechos, según las circunstancias de la denuncia y la acusación; sin advertir ese aspecto, en el Auto de Vista que emitieron las mencionadas autoridades; y, 3) Tampoco se realizó una valoración de los antecedentes para sostener la concurrencia o no del referido peligro procesal.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- III.2.1. Contrastación del agravio denunciado por el accionante en apelación y el Auto de Vista 91 de 17 de mayo de 2018
- REVOCAR