SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0534/2018-S1
Fecha: 17-Sep-2018
1)
La parte accionante, ratificó in extenso los términos expuestos en su memorial de acción de amparo constitucional y añadiendo manifestó que: 1) La empresa -ahora demandada-, vulneró sus derechos debido a un cambio arbitrario, ilegal e intempestivo de su fuente laboral, motivo por el cual se apersonaron ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social para lograr su reincorporación laboral, autoridad que previo procedimiento de ley, emitió la Conminatoria de reincorporación laboral en favor de los ahora accionantes, disponiendo su reincorporación a los mismos puestos de trabajo de la ciudad de Trinidad del departamento de Beni; empero, dicha orden fue incumplida por parte de la empresa ahora demandada, manteniéndoles en incertidumbre; y, 2) Solicitan la tutela de sus derechos fundamentales y la reparación del despido indirecto, con condenación en costas y costos procesales, más la cancelación de salarios devengados, bajo el fundamento de la línea jurisprudencial constitucional que obliga a dar cumplimiento pleno a la Conminatoria, tanto en la reincorporación como en la cancelación de los salarios devengados, por ser una medida provisional inmediata que resguarda el derecho del trabajador, teniendo el empleador la vía administrativa o judicial a fin de hacer valer sus derechos si así lo considera pertinente.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2.3. Resolución del Juez de Garantías
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre las conminatorias de reincorporación laboral y su cumplimiento obligatorio
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18