Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0534/2018-S1
Fecha: 17-Sep-2018
II.1.
II.1. Cursa contrato individual de trabajo por tiempo indefinido de 1 de septiembre de 2014, suscrito entre la Empresa INDIRANDU S.R.L. -ahora demandado- y Abel Chanato Mercado -hoy coaccionante-, para cumplir las funciones de “Sereno – Limpieza”, en la sucursal “Trinidad 1-Depósito” con un haber mensual de Bs1 440.- (mil cuatrocientos cuarenta 00/100 bolivianos). En la cláusula séptima del mismo se establece que dicho contrato es por tiempo indefinido entrando en vigencia desde la referida fecha de suscripción (fs. 33 a 34).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2.3. Resolución del Juez de Garantías
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre las conminatorias de reincorporación laboral y su cumplimiento obligatorio
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18