Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0534/2018-S1
Fecha: 17-Sep-2018
II.10.
II.10. Por nota de Representación de 21 de diciembre de 2017, el Notario de Fe Pública Tercero del departamento de Beni, certificó e hizo constar que los empleados y el encargado de la tienda comercial (Empresa INDIRANDU S.R.L.), se negaron a recibir y firmar “la nota que antecede”; sin embargo, se les entregó el oficio de Conminatoria de Reincorporación 024/2017 CJCR-JDTEPS BENI; además, constan diligencias de notificación a la citada empresa el 19 de dicho mes y año, con las Conminatorias de Reincorporación 025/2017 CJCR-JDTEPS BENI y 026/2017 CJCR-JDTEPS BENI (fs. 6, 17 y 31).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2.3. Resolución del Juez de Garantías
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre las conminatorias de reincorporación laboral y su cumplimiento obligatorio
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18