competencia personal
Respecto al ámbito de competencia personal, el art. 191.I de la Norma Suprema, establece que la JIOC se fundamenta en el vínculo particular de las personas que son miembros de la respectiva nación o pueblo indígena originario campesino; por su parte, el art. 191.II.1 de la CPE, dispone que: “Están sujetos a esta jurisdicción los miembros de la nación o pueblo indígena originario campesino, sea que actúen como actores o demandado, denunciantes o querellantes, denunciados o imputados, recurrentes o recurridos”; bajo esa premisa, dentro del proceso penal que originó el presente conflicto competencia, son sujetos procesales: Numesterio Mamani Condori en calidad de denunciante, y los miembros de la Comunidad de Churiaque Hipólito Condori Hilario, Delapaz Lucana Tinta y Benjamín Condori Hilario; uno y otros parte del colectivo humano de dicha región, en la que se comparten identidad cultural, idioma, tradición histórica, instituciones, territorialidad y cosmovisión con los demás miembros de la comunidad, por lo que establece la concurrencia del ámbito de vigencia personal.
- Suscitado entre: Leoncio Condori Rojas
- COMPETENTE
- Fragmento 3
- II.1. Naturaleza jurídica del control competencial de constitucionalidad
- Fragmento 5
- el Tribunal Constitucional Plurinacional, tiene la obligación de asumir con celo el control competencial de constitucionalidad
- El constituyente boliviano delegó al Tribunal Constitucional Plurinacional, la potestad de dirimir las controversias competenciales, suscitadas entre la JIOC, la jurisdicción ordinaria, agroambiental y otras de especial naturaleza; así, el art. 202.11 de la CPE, señala que: «Son atribuciones del Tribunal Constitucional Plurinacional, además de las establecidas en la Constitución y la ley, conocer y resolver
- II.2. De los conflictos de competencias originados entre las jurisdicciones ordinaria y la indígena originaria campesina
- II.3. De la necesaria concurrencia de los ámbitos personal, material y personal
- análisis del caso concreto
- competencia personal
- vigencia territorial
- vigencia material
