0002/2019 de 2 de enero
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

0002/2019 de 2 de enero

Fecha: 02-Ene-2019

vigencia territorial

Respecto al ámbito de vigencia territorial, el art. 11 de la Ley de Deslinde Jurisdiccional (LDJ) -Ley 073 de 29 de diciembre de 2010-, establece que: “El ámbito de vigencia territorial se aplica a las relaciones y hechos jurídicos que se realizan o cuyos efectos se producen dentro de la jurisdicción de un pueblo indígena originario campesino, siempre y cuando concurran los otros ámbitos de vigencia establecidos en la Constitución Política del Estado y en la presente Ley”; en el caso, los hechos denunciados como avasallamiento, se produjeron dentro del ámbito de la comunidad indígena originario campesina de Churiaque, que determina el cumplimiento de este presupuesto.