AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2019-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2019-O

Fecha: 23-Ene-2019

Corresponderá al Tribunal Constitucional Plurinacional conocer y resolver las quejas por demora o incumplimiento en la ejecución antes referida

En el acápite referido a las Normas Comunes en las Acciones de Inconstitucionalidad, Conflictos de Competencias, Consultas y Recursos, el art. 28.II del CPCo, establece que: “La parte resolutiva del fallo sobre el fondo de la acción, demanda, consulta o recurso podrá determinar su dimensionamiento en el tiempo y los efectos sobre lo resuelto”.

Por lo tanto, las parte decisoria de los fallos pronunciados por el Tribunal Constitucional Plurinacional, deben establecer con claridad la forma y el plazo como deben cumplirse dichas determinaciones, en la medida que no existan dudas o ambigüedades que provoquen la inejecución o demora en el cumplimiento de las decisiones.