AUTO CONSTITUCIONAL 0263/2019-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0263/2019-CA

Fecha: 15-Oct-2019

I.2. Respuesta a la solicitud

Mediante decreto de 21 de agosto de 2019, cursante a fs. 1183 vta., se corrió en traslado la acción de inconstitucionalidad concreta; a tal efecto, Carlos Reyes Arauz, en su condición de Director del SEDES Beni, por memorial presentado el 27 de agosto de 2019 de fs. 1186 a 1187 vta., solicitó el rechazo de la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta, por carecer de fundamento jurídico constitucional e incumplir los presupuestos establecidos en la Constitución Política del Estado y en el Código Procesal Constitucional, pues si bien los arts. 2 y 3 del DS 09357 de 20 de agosto de 1970, sirvieron de base para los Informes Preliminar “EB/EP06/N11-R-1” y Complementario “EB/EP06/N11-C1”, estos no son lesivos a los arts. 7 inc. d) de la CPE abrg. y 46.I de la CPE, ni a ninguna otra disposición legal vigente, garantizándose por el contrario el debido proceso.