AUTO CONSTITUCIONAL 0271/2019-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0271/2019-CA

Fecha: 21-Oct-2019

rechazar

La Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por Resolución A-I-C- 01/2019 de 9 de septiembre, cursante de fs. 65 a 66, resolvió rechazar promover la presente acción de inconstitucionalidad concreta argumentando que: 1) Los procesos de estructura monitoria son rápidos y no encuentran contradicción alguna, al sustentarse en los principios de celeridad y continuidad con base en el título de ejecución, teniendo el carácter de continuos y de pronta efectivización sin suspender su ejecución, habiendo garantizado el legislador el principio de impugnación y doble instancia, al ser apelable en efecto devolutivo ante el superior en grado la sentencia pronunciada y no corresponder la casación, por ser un recurso que suspende el cumplimiento de la sentencia conforme determina el art. 275 del CPC; y, 2) No existen los fundamentos razonables que generen la duda razonable que justifique promover esta acción normativa.