AUTO CONSTITUCIONAL 0316/2019-RCA
Fecha: 15-Oct-2019
I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
Max Gerson Vaca Carrillo, Jorge Prieto Alemán y Raúl Paniagua Gil, en representación legal de la empresa INESCO INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN S.A., plantearon acción de amparo constitucional, que mediante providencia de 16 de septiembre de 2019 fue observada por la Jueza de garantías, quien otorgó el plazo de tres días para que sea subsanada, la que fue notificada en la misma fecha, según consta a fs. 190.
El 19 del mismo mes y año, la solicitante de tutela presentó memorial de subsanación, que cursa de fs. 205 a 206 vta.; empero, mediante decreto de 20 de igual mes y año, la Jueza Pública de Niñez y Adolescencia, Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal de Villamontes, como Jueza de garantías, formuló nuevas observaciones que fueron notificadas el mismo día (fs. 208).
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- no presentada
- Fragmento 3
- notificado el auto motivado de improcedencia, la parte no impugnara dentro de ese plazo, los jueces y tribunales de garantías procederán al archivo de obrados
- sólo es posible sí son impugnadas
- no impugnó la Resolución 1/2019,
- DEVOLUCIÓN