Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0329/2019-RCA
Fecha: 17-Oct-2019
a)
La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Resolución 182/19 de 20 de agosto de 2019, cursante a fs. 14 y vta., dispuso que en el plazo de tres días, la solicitante de tutela subsane lo siguiente: a) Identificar a los demandados de acuerdo a las resoluciones emitidas e impugnadas en la presente acción tutelar; b) Adjuntar croquis de la dirección de los demandados; c) Anexar la Resolución 00000568 y su notificación; d) Indicar el nexo de causalidad y la relevancia constitucional; e) Señalar su correo electrónico; y, f) Definir el petitorio de acuerdo a la acción de defensa presentada.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- improcedente
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- 2.
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno,
- II.3. Análisis del caso concreto
- SEGURIDAD SOCIAL
- CONFIRMAR