FUNDAMENTACIÓN DE VOTO DISIDENTE DE LA DCP 0073/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

FUNDAMENTACIÓN DE VOTO DISIDENTE DE LA DCP 0073/2019

Fecha: 18-Oct-2019

La transferencia se hará efectiva cuando las Entidades Territoriales Autónomas emisora y receptora la ratifiquen por ley de sus órganos deliberativos

En ese entendido, corresponde precisar que el art. 75 de la LMAD, sobre la transferencia de competencias, establece que: “La transferencia total o parcial de una competencia implica transferir su responsabilidad a la entidad territorial autónoma que la recibe, debiendo asumir las funciones sobre las materias competenciales transferidas. La transferencia es definitiva y no puede ser, a su vez, transferida a una tercera entidad territorial autónoma, limitándose en todo caso a su delegación total o parcial. La transferencia se hará efectiva cuando las Entidades Territoriales Autónomas emisora y receptora la ratifiquen por ley de sus órganos deliberativos” (las negrillas son añadidas).