SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0653/2019-S3
Fecha: 02-Oct-2019
Fragmento 14
En el caso concreto, es evidente que a la fecha de celebración de audiencia de consideración de esta acción de defensa, la apelación ya había sido remitida ante el tribunal de alzada; sin embargo, eso no significa que las autoridades demandadas no tengan responsabilidad en la dilación advertida tal como desarrolla la acción de libertad innovativa de esta sentencia que procede precisamente a efectos de tutelar una situación de retraso prohibido cuando este ya ha cesado; correspondiendo en consecuencia, conceder la tutela solicitada por el debido proceso en su elemento de celeridad que repercute como consecuencia automática, en el acceso a la justicia pronta y oportuna, además del derecho a la defensa; exhortando a los demandados a cumplir de forma estricta los plazos otorgados por Ley bajo responsabilidad penal o disciplinaria según sea el caso.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de los demandados
- concedió
- II.1.
- III.
- la jurisprudencia constitucional ha reiterado y consolidado que la acción de libertad traslativa o de pronto despacho, a partir de un entendimiento principista, sustenta que las decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal deben ser tramitadas, resueltas y efectivizadas con la mayor celeridad
- busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio celeridad y el respeto a los derechos
- existen supuestos en los cuales posteriormente a las dilaciones indebidas y ante la formulación de la acción de libertad, la autoridad judicial demandada resuelve inmediatamente la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- Aun habiendo cesado las causas que originaron la Acción de Libertad, la audiencia deberá realizarse en el día y hora señalados, a efectos de establecer las responsabilidades que correspondan
- acción de libertad innovativa
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- CONCEDER