Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0659/2019-S3
Fecha: 02-Oct-2019
CASO M.P. GU-31/2019
En el municipio de Guaqui del departamento de La Paz existe otro proceso signado con el número de “CASO M.P. GU-31/2019” (sic), incoado por la misma denunciante y por el mismo delito, cuyo inicio de investigación el Fiscal de Materia de dicho Municipio puso a conocimiento del Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Guaqui del citado departamento el 26 de abril de 2019, ya que el hecho habría ocurrido en la comunidad de Patarani perteneciente a ese Municipio, consiguientemente se vulneró el debido proceso, ya que se iniciaron dos procesos en lugares diferentes por el mismo hecho, no obstante la prohibición del non bis in idem.
- EAL 3577/2019
- CASO M.P. GU-31/2019
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR