SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0729/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0729/2019-S3

Fecha: 10-Oct-2019

a)

David Emilio Ismael Rojas, Rector de la UTO a través de su representante, por informe escrito presentado el 3 de septiembre de 2019, cursante de      fs. 129 a 131 vta., refirió que: a) Los hechos fácticos de la presente acción de defensa ya merecieron pronunciamiento en la jurisdicción constitucional a través de la SCP 0885/2017-S2 de 21 de agosto, que confirmó la determinación del Tribunal de garantías, bajo el razonamiento de que las autoridades que emitieron las resoluciones que el impetrante de tutela indicó como vulneradoras de derechos, no fueron suscritas por el señor Rector, sino por las autoridades del Consejo de Carrera y Facultativos, no concediendo la tutela porque no fue legalmente promovida; y, b) La jurisdicción constitucional no es la vía idónea para la ejecución de resoluciones administrativas y pretender la ejecución de la RM 344/18, por lo que equivocó el camino.