SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0833/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0833/2019-S4

Fecha: 02-Oct-2019

Fragmento 17

Ahora bien, de obrados, se advierte que los –ahora demandados–, mediante nota presentada a la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, el 6 de mayo de 2019, cursante a fs. 88, dieron a conocer que en cumplimiento a la Resolución 54/2019 –venida en revisión–, otorgaron respuesta formal y escrita a las notas presentadas, el 7 y 13 de marzo del señalado año, por el impetrante de tutela, adjuntando al efecto, nota recepcionada por Andrés Morales Encinas, el 2 de mayo de 2019, mediante el cual se le dio a conocer que: “…se le entregará de forma digital y escrita los informes de las diferentes secciones y unidades de la Cooperativa en los cuales se encuentra su petición (…) Aclarando que, su persona ya recibió todos los informes solicitados de forma verbal por las Jefaturas y Direcciones de cada Área de la Institución…” (sic); empero, la misma, no cumple con el contenido esencial del derecho a la petición; toda vez que, dicha respuesta no se encuentra fundamentada, motivada ni resuelve materialmente el fondo de lo solicitado.