Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0840/2019-S4
Fecha: 02-Oct-2019
1)
María Cristina Sosa Diaz y Esteban Miranda Terán, Magistrados de la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, mediante memorial de 29 de abril de 2019, cursante de fs. 687 a 692 vta., informaron que: 1) La decisión que asumieron en el caso concreto se encuentra debidamente motivada, de manera que no vulneró el derecho a la igualdad procesal y el debido proceso; y, 2) Los servicios que prestan los Batallones de Seguridad Física como parte de la Policía Boliviana, por la fundamentación que se realiza, se encuentran exentos de la obligación de pago del IT.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. La Fundamentación y motivación como elementos componentes del debido proceso
- la arbitrariedad puede estar expresada en una decisión
- III.2. El precedente jurisprudencial, su vinculatoriedad horizontal y vertical
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR