SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0882/2019-S4
Fecha: 09-Oct-2019
o incumpliendo los requisitos y formalidades de ley
Esta omisión por parte del Juez codemandado, es indebida y violatoria a los derechos a la libertad física o personal del accionante (art. 23.I de la CPE) y se constituye de acuerdo a la configuración procesal de la acción de libertad, una prisión indebida (art. 46 del CPCo.), en razón que se prolongó más allá de lo previsto en la Sentencia condenatoria de 23 de junio de 2016, por tal motivo corresponde aplicar lo determinado en el fundamento Jurídico III. 1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional que establece que la acción de libertad reparadora se activa cuando se configura una situación de privación de libertad física ilegal por haber sido dispuesta al margen de los casos previstos por la ley y/o incumpliendo los requisitos y formalidades de ley, situación que en el caso presente, amerita la concesión de la tutela solicitada por impetrante de tutela
- acción de libertad
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- por haber sido dispuesta al margen de los casos previstos por la ley y/o incumpliendo los requisitos y formalidades de ley.
- presa
- Cumplida la condena
- dentro de las acciones contra las que procede hábeas corpus está la prisión ilegal, entendida como aquella privación de libertad que, habiéndose impuesto por autoridad competente y conforme a ley, se prolonga de manera indebida o ilegal más allá de los límites establecidos por una actuación negligente o apartada del ordenamiento jurídico de la autoridad encargada de poner en libertad al preso
- III.2. Análisis del caso concreto
- o incumpliendo los requisitos y formalidades de ley
- CONFIRMAR