SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0887/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0887/2019-S4

Fecha: 09-Oct-2019

1)

Antonio Claudio Martínez Villa, Presidente del Tribunal Examinador para Evaluación de Postulantes a Despachantes de Aduana, en audiencia señaló que: 1) Se cumplió con las funciones asignadas por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, no siendo responsables de los requisitos establecidos en la convocatoria correspondiente, puesto que los mismo se encuentran contemplados en el art. 43 de la Ley General de Aduanas (LGA) –Ley de 1990 de 28 de julio de 1999–, así como el Reglamento correspondientes; 2) El accionante pretendía hacer valer como título profesional, la licencia de despachante de aduana, cuando ello no correspondía, en cuya consecuencia fue observado por dicho requisito, y no obstante en la etapa de subsanación, volvió a ratificar el mismo documento, por lo que, al no cumplir con dicho requisito, fue depurado de las listas; aclarando que quinientos sietes postulantes entendieron cabalmente los requisitos y cumplieron con el mismo; 3) El accionante presentó un recurso de revocatoria a la Convocatoria Pública, que fue interpuesto pasado un mes; por lo que, fue rechazado, conociendo perfectamente el indicado requisito, de manera que no existió lesión del derecho a la defensa; en ese sentido también, tampoco hizo llegar formalmente al Tribunal Examinador la nota de reclamo que refirió.

Edson Leonel Apaza Otalora, miembro del Tribunal Examinador para Evaluación de Postulantes a Despachantes de Aduana, en audiencia señaló que la convocatoria establece claramente el requisito de contar con título académico o en provisión nacional a nivel licenciatura en cualquier disciplina o como mínimo con título de técnico superior en comercio exterior o internacional (original o fotocopia legalizada), de manera que, al incumplir dicho requisito el accionante, debido a que presentó su licencia de despachante, fue depurado, no siendo dicha determinación un capricho del Tribunal examinador.