SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0890/2019-S2
Fecha: 01-Oct-2019
III.2. Análisis del caso concreto
El impetrante de tutela acusó la vulneración de su derecho a la libertad y a los principios de irretroactividad y legalidad, el incidente de actividad defectuosa, fue rechazado por las autoridades judiciales ahora demandadas, mediante decreto del 29 de abril del 2019. Ante esta respuesta, el accionante -entre otros-, presentó memorial de 30 del mismo mes y año, solicitando la revocatoria del decreto; sin embargo, a través del Auto del 3 mayo del mismo año, los Jueces demandados, rechazaron su petición; en razón a que, el art. 401 del CPP, no prevé la interposición del recurso de revocatoria contra providencias de mero trámite.
Ahora bien, conviene iniciar el presente análisis estableciendo que -en mérito al principio de informalismo que rige a la acción de libertad-, no obstante a que el accionante acusó la lesión de su derecho a la libertad; sin embargo, por los hechos fácticos que expone, pretende la tutela de su derecho al debido proceso pues acusó la indebida tramitación del recurso de revocatoria que presentó; que -según alegó- fue rechazado de forma incongruente; y, con un erróneo fundamento (en tal sentido observó la aplicación del art. 401 del CPP), como elementos del debido proceso; y, en tal mérito según concluye, se afectó su libertad; por lo que, corresponde el siguiente examen.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a la vida y a la libertad
- Respecto a las lesiones al debido proceso, la jurisprudencia constitucional ha sido reiterada y uniforme al señalar que la protección que brinda el habeas corpus, ahora acción de libertad no comprende todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa directa para su restricción o supresión
- deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- reconducir el anterior entendimiento y restablecer la jurisprudencia constitucional previa, respecto a la exigencia de vinculación entre el derecho a la libertad y el debido proceso
- …la protección que brinda el art. 18 de la Constitución Política en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad
- debido proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- a consecuencia de haber determinado la concurrencia de los riesgos de fuga y obstaculización
- a través de la acción de amparo constitucional
- sin ingresar al fondo
- CONFIRMAR
- la acción de libertad es el medio idóneo, eficaz y eficiente para restablecer el debido proceso, en todos sus elementos
- En consecuencia, se hace necesario establecer a partir de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional que las lesiones al