SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0891/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0891/2019-S2

Fecha: 01-Oct-2019

concedió

La Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante la Resolución 49 de 27 de mayo de 2019, cursante de                  fs. 194 vta. a 198, concedió la tutela solicitada y ordenó que la Empresa de Comunicación Social El Deber S.A. reincorpore de manera inmediata a los accionantes en los cargos que ocupaban antes de haber sido retirados de su fuente laboral, más el pago de sus salarios devengados desde la fecha de su desvinculación, de acuerdo a los siguientes fundamentos: a) Con relación a Demetrio Gutiérrez Vásquez y Yerson Antezana Vásquez a través de la Conminatoria de Reincorporación JDTSC/JI/CONM/004/2019 se tiene que la Empresa no ha demostrado la insolvencia alegada y en virtud a la cual no podría continuar pagándoles sus salarios, consecuentemente respecto a los aludidos la referida determinación laboral se encuentra apegada a derecho y con sustento legal, lo que obliga a esta Sala Constitucional garantizar los derechos de ambos; b) En el caso de Alex Fernando Lara Ruiz y Cristian Andrés Araúz Vaca, quienes habrían renunciado a sus fuentes laborales, al respecto, en la instancia de la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz no se demostró que esas renuncias hubieren sido voluntarias, por el contrario la Empresa “…no ha controvertido el hecho de que hubiesen forzado a esa renuncia…” (sic), con relación al dinero que recibieron por concepto de beneficios sociales, con la devolución de los mismos se advierte que estos “…prefirieron seguir con la denuncia y seguir con su trabajo…” (sic); y, c) Consecuentemente, la citada Conminatoria de Reincorporación se encuentra fundamentada, basada en disposiciones legales y en principios laborales.