Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0898/2019-S4
Fecha: 16-Oct-2019
Fragmento 13
En el presente caso, el memorial presentado por el accionante el 22de abril de 2019, dirigido al Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija del departamento de Pando, a través de la cual solicitó la elaboración de un proyecto de ley de creación de un Distrito Indígena Originario Campesino y que en uso de facultades proponga ésta para su aprobación ante el Concejo Municipal; la cual no mereció respuesta positiva o negativa por parte de la autoridad demandada; lo que de manera inequívoca, constituye lesión del derecho de petición invocado por el accionante.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- del contenido esencial del derecho de petición es la obtención de respuesta, en el ámbito de la eficacia horizontal del derecho de petición, debe resaltarse que el fundamento de este elemento, precisamente es la certidumbre
- Fragmento 10
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- CONFIRMAR