SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0905/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0905/2019-S2

Fecha: 01-Oct-2019

III.1.  La acción de libertad preventiva, configurada constitucionalmente en la persecución ilegal o indebida

           El art. 125 de la CPE, en concordancia con el arts. 46 y 47 del CPCo, al establecer la configuración de la acción de libertad señala que: “Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal, podrá interponer Acción de Libertad y acudir, de manera oral o escrita, por sí o cualquiera a su nombre y sin ninguna formalidad procesal, ante cualquier juez o tribunal competente en materia penal, y solicitará que se guarde tutela a su vida, cese la persecución indebida, se restablezcan las formalidades legales o se restituya su derecho a la libertad”.