Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0929/2019-S4
Fecha: 22-Oct-2019
I.2.4.
Por decreto constitucional de 22 de julio de 2019 a fs. 19, se dispuso la suspensión del cómputo del plazo a objeto de recabar documentación complementaria; recibida la documentación solicitada, se dispuso su reanudación a partir de la notificación con el decreto de 2 de octubre de igual año (fs. 47); por lo que, la presente Sentencia Constitucional Plurinacional es pronunciada dentro de plazo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.2.4.
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Cuando una resolución sólo haya sido impugnada por el imputado o su defensor no podrá ser modificada en su perjuicio. Los recursos impuestos por cualquiera de las partes permitirán modificar o revocar la resolución aún en favor del imputado
- Fragmento 10
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR