SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0944/2019-S4
Fecha: 22-Oct-2019
Fragmento 16
Ahora bien, bajo ese entendimiento, en el caso concreto de la revisión de obrados, se evidencia que efectivamente a través de Auto Interlocutorio de 6 de julio de 2019, se declaró improcedente el incidente de aprehensión ilegal; asimismo, se dispuso la detención preventiva del Saturnino Salazar Vallejos, ante la concurrencia de los riesgos procesales previstos en los arts. 234.4 y 10; y, 235.2, ambos del adjetivo penal; así también, según el informe brindado por el fiscal codemandado, se tiene que una vez impugnada dicho Auto, el accionante retiró su recurso de apelación incidental, provocando su propia indefensión al no haber permitido que el Tribunal de alzada, tenga la oportunidad de resolver los agravios denunciados como lesivos de sus derechos; extremo acreditado en la Conclusión II.4 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, y no controvertido por la parte impetrante de tutela, en la audiencia de esta acción de defensa.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros intervinientes
- denegó
- I.3.Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- III.1.
- Fragmento 11
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- Fragmento 14
- III.2.
- Fragmento 16
- CONFIRMAR