SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0963/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0963/2019-S2

Fecha: 21-Oct-2019

Fragmento 17

Conforme se tiene desarrollado en el Fundamento Jurídico III.1, de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; con relación al trámite de apelación de medidas cautelares, la jurisprudencia constitucional establece que, tratándose de una solicitud en la que se encuentra involucrado el derecho a la libertad física o personal, el mismo debe ser tramitado con la debida celeridad procesal, siendo este el plazo de veinticuatro horas, o en situaciones excepcionales y debidamente justificadas, en un término máximo de tres días; puesto que, lo contrario implica demora injustificada.