Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0979/2019-S2
Fecha: 21-Oct-2019
a)
Los accionantes ratificándose “in extenso” en los términos de su memorial de la acción de libertad presentada, en audiencia a través de su abogado señalaron que: a) Las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0711/2016-S2 y 2477/2012, establecen que no puede condicionarse la efectivización del derecho a la libertad a la presentación de garantes, como sucedió en el caso concreto; y, b) De la misma manera la SCP 1461/2016-S3 refiere el principio de verdad material y prevalencia del derecho, por consiguiente al no existir detención preventiva, piden se disponga su inmediata libertad, por cuanto no puede sacrificarse el mencionado derecho, por simples formalidades.
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- d)
- II
- una detención preventiva
- dispuso la libertad del imputado
- el Juez recurrido debió dejar en libertad inmediata al recurrente luego de la audiencia de medidas cautelares y otorgarle un plazo razonable para el cumplimiento de las medidas impuestas y al no haber procedido así, manteniéndolo arbitrariamente privado de su libertad
- III.2.
- 2° Dejar sin efecto,