SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0981/2019-S2
Fecha: 21-Oct-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega que se vulneró su derecho al debido proceso en sus vertientes de fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones por errónea aplicación de las normas procesales y apreciación de la prueba; por parte de los Vocales de la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Domesticas y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, quienes mediante el Auto de Vista de 9 de mayo de 2019, confirmaron el Auto Interlocutorio 81, pronunciado por el Juez de la causa, que declaró probado el incidente de nulidad. Aduce que el referido fallo no contiene la fundamentación y motivación pertinente y no respondió a los agravios expuestos en el memorial del recurso de apelación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- [1]
- [3]
- [4]
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- III.2. Sobre el incidente de nulidad
- III.3. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)