SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0992/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0992/2019-S2

Fecha: 21-Oct-2019

II.3.

II.3.    A través de memorial presentado el 28 de octubre de 2016, la hoy peticionante de tutela solicitó el sobreseimiento del juicio en virtud al               art. 541 del CPCabrg., requiriendo que antes de aprobar la subasta, por intermedio de Secretaría del Juzgado se efectúe la elaboración de formulario para que deposite el capital, intereses y costas de la deuda con el Banco Fortaleza S.A. (fs. 11 a 12). Pedido que fue ratificado el 14 de noviembre del mismo año; mereciendo el proveído de 15 de ese mes y año, disponiendo se proceda el depósito del capital adeudado de        Bs18 158,53.-, en el plazo de tres días de su notificación (fs. 13 y vta.). En forma posterior, el Juez de la causa dictó el Auto de 29 de noviembre del año referido, rechazando el pedido de sobreseimiento del juicio por inobservancia del precitado art. 541 del CPCabrg., no habiendo efectuado la ahora accionante el depósito satisfaciendo lo adeudado a la entonces actora (Banco Fortaleza S.A.) -fs. 21 a 22-. Emitiendo asimismo, el Auto de 30 de ese mes y año, aprobando el acta de remate ordenando la extensión de la minuta respectiva (fs. 23).