SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0997/2019-S2
Fecha: 21-Oct-2019
denegó
La Sala Constitucional Segunda del departamento de Santa Cruz, mediante Resolución 43/2019 de 25 de abril, cursante de fs. 316 vta. a 322 vta., denegó la tutela solicitada; en base a los siguientes fundamentos: 1) El Juez de primera instancia en el Auto de admisión de la demanda contenciosa tributaria aclaró de manera expresa la aplicación imperativa del procedimiento establecido en la Ley 1340 para el desarrollo de la demanda interpuesta, invocando para ello las Sentencias Constitucionales 09/2004 de 28 de enero y 76/2004 de 16 de julio, así como la Ley 1340 y su aplicabilidad al no haber sido expulsada, auto que no ha sido objeto de recurso alguno por la entidad ahora accionante; 2) Lo dispuesto en la justicia ordinaria por medio de los Autos Supremos, reviste carácter de doctrina legal aplicable y no así de efecto vinculante imperativo como la jurisprudencia constitucional, lo cual obliga al Tribunal de garantías aplicar esta última de manera preferente; y, 3) En la presente acción tutelar se evidencia la concurrencia de lo establecido en el art. 53 incs. 2) y 3) de la Ley 254, por lo que corresponde denegar la tutela sin ingresar a considerar el fondo de la cuestión planteada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- del debido proceso
- Fragmento 9
- III.2.Marco normativo sobre el plazo para la interposición
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- [1]
- [2]
- La eventualidad de impugnar un fallo desfavorable, posibilita que el administrado, reclame aspectos específicos que considera injustos a sus pretensiones, fundamentando en qué grado estas omisiones o distorsiones han afectado sus derechos