SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0997/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0997/2019-S2

Fecha: 21-Oct-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

La Compañía Industrial Azucarera San Aurelio S.A., planteó demanda contenciosa tributaria contra la Resolución Determinativa 14-00229-15 de 28 de mayo, solicitando su nulidad y se deje sin efecto las sanciones impuestas, acción que mereció la respuesta de la Administración Tributaria pidiendo se declare improbada la demanda. Tramitada la causa, el Juez Administrativo Coactivo Fiscal y Tributario Segundo de la Capital del departamento de Santa Cruz, pronunció la Sentencia 02/2017 de 24 de febrero, declarando probada en parte la demanda, la misma que fue notificada a la Gerencia GRACO-Santa Cruz el 12 de abril de 2017, por lo que la Administración Tributaria considerando que el día viernes 14 de abril fue feriado nacional, interpuso recurso de apelación el 27 de abril de 2017, dentro de los días hábiles que establece el Código Procesal Civil (CPC), recurso que fue concedido mediante auto de 18 de mayo de 2017.

Radicado el proceso en la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto 04/2019 de  7 de enero, declarando inadmisible el recurso de apelación por haber sido presentado extemporáneamente, motivo por el cual interpuso recurso de compulsa, que fue rechazado mediante Auto 01/2019 de 8 de febrero.

Refiere, que el Auto 04/2019 de 7 de enero, ahora impugnado, vulnera el derecho al debido proceso y el derecho a la defensa, toda vez que no se ha considerado el plazo de diez días hábiles para apelar que otorga el CPC y han aplicado de manera ilegal el art. 291 de la Ley 1340 (anterior Código Tributario) que establecía un término de cinco días perentorios para interponer recurso de apelación, norma que fue derogada por el art. 300 de la Ley de Organización Judicial de 18 de febrero de 1993, extremo que no ha sido considerado por las autoridades demandadas al emitir el Auto 04/2019.