AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0049/2019-O
Fecha: 15-Nov-2019
no concedió
La Jueza Pública Civil y Comercial Quinta de la Capital del departamento de Tarija, en suplencia legal de su similar Segundo, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 17/2019 de 5 de febrero, cursante de fs. 114 a 115 vta., “no concedió” la queja interpuesta, sobre la base de los siguientes fundamentos: a) Por la documental presentada se dictó nueva Sentencia, conforme a la concesión parcial de la tutela ordenada en la SCP 0172/2018-S3; y, b) La Sentencia 17/2018 cuestionada por el accionante hizo referencia a la Sentencia Constitucional Plurinacional precitada y sobre la Resolución Administrativa General 09/2016 de 14 de enero, a pesar de observarse la fundamentación y motivación insuficiente de la misma.
- queja por incumplimiento
- I.1. Contenido de la queja por incumplimiento
- no concedió
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.
- una vez conocida la queja por demora o incumplimiento en la ejecución de sentencias emanadas de acciones tutelares,
- III.2.
- III.3.
- 1)
- i)
- NO HA LUGAR