SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0825/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0825/2019-S3

Fecha: 18-Nov-2019

a)

Los accionantes por intermedio de su abogado, a tiempo de ratificar la acción de defensa presentada, añadieron lo siguiente: a) Tratándose de la primera audiencia        de apelación incidental por lo general se ordena la libertad y en el plazo de diez días se efectivicen las medidas sustitutivas, extrañamente el Auto de Vista 41/2019 indica lo contrario; b) Apersonándose ante la Jueza de control jurisdiccional para reclamar este aspecto, la misma señaló que no puede sobrepasar la decisión del Tribunal de alzada; y, c) En la vía de la complementación y enmienda solicitaron a los Vocales demandados expliquen qué determinó que primero se cumplan dichas medidas previo a efectivizar su libertad; sin embargo, los mismos refirieron que no pueden aclarar y enmendar porque el expediente ya estuviese en conocimiento del Juzgado       a quo.