SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0831/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0831/2019-S3

Fecha: 18-Nov-2019

II.2.

II.2.  Mediante Auto de Vista 127 de 9 de mayo de 2019, los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental del Justicia de Santa Cruz, declararon: “…ADMISIBLE Y PROCEDENTE PARCIALMENTE la apelación del Ministerio Público, porque la señora juez ha valorado incorrectamente el elemento trabajo, al dejar sin efecto el numeral 1 y 2 del art. 234, como también el articulo 235 en su numeral 2; en consecuencia se REVOCA la medida sustitutiva a la detención preventiva” (sic); por otro lado, “…ADMISIBLE E IMPROCEDENTE la apelación de la parte imputada, por no ser verdad los agravios indicados toda vez de que existen hechos reales, materiales, por lo que queda vigente el numeral 1 del artículo 233 del código de procedimiento penal” (sic); en consecuencia, dispusieron se libre mandamiento de detención preventiva contra el impetrante de tutela (fs. 84 vta. a 88 vta.).