SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1021/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1021/2019-S2

Fecha: 22-Nov-2019

III.3.  La intersección de la acción de libertad innovativa con otros tipos de acciones de libertad

La acción de libertad innovativa debe ser entendida como el mecanismo procesal, por el cual el juez constitucional, asume un rol fundamental para el resguardo de los derechos que se encuentran dentro del ámbito de su protección; pues, si bien pueden haber cesado las vulneraciones a dichos derechos, empero, la ilegalidad fue consumada; por ello, debe establecerse la responsabilidad que corresponda, con la finalidad de evitar que en el futuro se reiteren dichas conductas u omisiones lesivas y dilatorias, que afecten el derecho a la libertad y que se encuentran al margen del ordenamiento jurídico vigente, evitando de esta forma, futuras conculcaciones de derechos fundamentales y garantías constitucionales.

Por otro lado, se debe entender a la acción de libertad innovativa como un mecanismo que permite a la justicia constitucional, ingresar a analizar el fondo de la problemática jurídica planteada, asumiéndose éste como un criterio procesal y que resulta perfectamente compatible examinar, de manera simultánea, con otros tipos de acciones de libertad, entiéndase como: acción de libertad traslativa o de pronto despacho, preventiva, restrictiva y correctiva, es decir, que es posible presentar diferentes acciones de libertad conjuntamente a la innovativa, en tal sentido, de ninguna manera puede entenderse que una resulta excluyente de la otra; más aún, cuando en la tramitación de las acciones tutelares, pueden cesar las vulneraciones de derechos denunciados.