SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1061/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1061/2019-S1

Fecha: 14-Nov-2019

II.3.

II.3.  Por memorial de 12 de marzo de 2019, los ahora accionantes solicitaron a Adrián Esteban Oliva Alcázar, Gobernador del Departamento de Tarija el pago del incremento salarial correspondiente a la gestión 2014, en cumplimiento de la SCP 1030/2015-S1 de 30 de octubre; en cuyo mérito, mediante Nota Cite GOB/RRHH/SELB/095/2019 de 15 de marzo, Silvia López Baldivieso, Directora de Recursos Humanos y Manuel Figueroa De los Ríos, Secretario Departamental de Economía y Finanzas, ambos del Gobierno Autónomo Municipal de Tarija, señalaron que se generaron las acciones técnicas y administrativas, por parte de la Dirección Departamental de Finanzas y de la Dirección Departamental de Recursos Humanos, dando cumplimiento a la SCP 1030/2015-S1 en   el marco de lo previsto en la Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibañez” de 19 de julio de 2010, en su art. 113, se derivaron los antecedentes a la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija, en aplicación del art. 51 núm. 21) del Estatuto Autonómico Departamental de Tarija y es así que se sancionó y promulgó la Ley departamental 136/2016 de Estructura de Cargos y Escala Salarial del Gobierno Autónomo del citado departamento; en cuyo cumplimiento el 18 de octubre de 2016 se procedió a realizar el pago retroactivo de la gestión 2014 (fs. 73 a 76).